domingo, 19 de febrero de 2017

Nueva regulacion de barranquismo en Nabarra

En los ultimos años hemos visto en Nabarra un debate entre el colectivo de escaladores y la administracion debido a la aplicacion de restricciones y/o regulacion de este deporte. Ya que afecta directamente a la fauna rupestre en paredes y acantilados.
Como ya imaginareis nuestro colectivo tambien le va a afectar dicha regulacion.

Nos han presentado una resolucion del año 2017, es provisional, pero seguramente no cambie mucho.



Aqui os dejo el listado de barrancos afectados por las Reservas Naturales en Nabarra, donde esta prohibido el descenso de barrancos:

-R.N. Itxusi: Cascadas de Pagamendi o Espaltza y cascada de Sistiagorri
-R.N. Foz de Iñarbe: Barranco de Lakorri
-R.N. Larra: Barranco de Bitxitotza (Zelaia)
-R.N. Nacedero de Urederra: rio Urederra
-R.N. Foz de Burgui: Barranco Zurrustape
-R.N. Foz de Arbaiun: Foz de Arbaiun
-R.N. Foz de Lumbier: Foz de Lumbier


Por otro lado hay otra regulacion temporal por nidificacion de aves en distintos puntos de nuestra geografia, estas prohibiciones son diferentes a lo largo del año.

Prohibido el descenso hasta el 31 de Julio en:
-Las Foces, Ezkaze, Lizanzorea y Ariztoia (Burgi-Bidankoze) y Kuskulleta y Zarrallero (Burgi-Erronkari)
-Aizegi, Aranbeltz, Errekabeltz, Gaintza, Koxkape (Malloak)



Prohibido el descenso del 1 de Marzo al 15 de Septiembre en:
-Barbagorria (Eraul)



Prohibido el descenso del 15 de Enero al 31 de Julio en:
-Buron (Guembe)



PD: Es paradogico como en las reservas naturales de las foces de Arbaiun y Lumbier esté prohibido el descenso de barrancos y esté permitida la pesca, el descenso en kayak o el paso de miles de visitantes al año por un antiguo trazado de ferrocarril...

2 comentarios:

  1. Aupa,

    Lo que se prohíbe (por cierto, arbitrariamente, puesto que dichas prohibiciones no están basadas en informes de impacto ambiental o similares) en las Reservas Naturales es la actividad en roquedos, a excepción de Urederra y Larra, donde se especifica como prohibido el barranquismo, con lo que en el resto de RNs sería bastante discutible que el barranquismo se considere actividad en roquedo. La Foz de Arbaiun es un claro ejemplo de esto.

    Agurrak!

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  2. Aupa
    Tienes toda la razon en lo que dices, eso planteamos en las reuniones, que solo se especificaba en las RN de Larra y Urederra, pero nos dijeron que las actividades en roquedos, paredes y cortados eran la escalada, el barranquismo y el vuelo. Y quedaban prohibidas.
    Ya les planteamos la paradoja de que en Arbaiun, por ejemplo, puedes ir con kayak, puedes andar, puedes pescar, puedes bañarte y hacerte la foz en flotador, pero como te vean con neopreno te multan!jajaja
    Ya les planteamos con un video y todo, que los barranquistas vamos por el cauce, vamos por debajo de las paredes, como senderistas o cazadores, pocos descensos hay de grandes verticales (Zurrustape) y nada oye, que aqui lo facil es prohibir y ya esta.

    Ondo izan

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